Modificación o anexo de rubros a un comercio
Este trámite se inicia en la Ventanilla Única Simplificada.
Es un trámite que deberá realizarse en caso de actualización y/o anexo de rubro, éstos deberán ser afines y/o asimilables al rubro principal al cual haya sido habilitado el establecimiento y podrán ser explotados sin requerimiento de efectuar trámite de anexo de rubro, si cuentan con la superficie adecuada y cumplen con las normas reglamentarias debiendo el titular de la habilitación notificar en forma fehaciente el cambio.
En base al Código Urbano antes de realizar modificaciones y anexos se debe consultar si la zonificación lo permite en la Dirección de Obras Particulares y Planeamiento. Una vez autorizado, se informa en la Dirección de Habilitaciones y en la Dirección de Contralor Industrial donde se asesosará como iniciar el trámite.
IMPORTANTE: las INDUSTRIAS que realicen Ampliación y/o Reducción de superficie, cambios de titularidad, cambios en el rubro que explotan, deben declararlo también en el Portal Integrado de Trámites de OPDS y obtener una nueva Clasificación del Nivel de Complejidad Ambiental.
• DNI titular
• Presentar Certificado de Habilitación Comercial definitiva y Libro de Inspecciones
• Solicitar desarchivo del Expediente por el cual se tramitó la habilitación comercial
• Realizar confección de certificado urbanístico en la Dirección de Habilitaciones
• DNI titular
• Presentar Tarjeta Provisoria
• Solicitar que el Expediente por el cual se tramita la habilitación comercial se encuentre en la Dirección de Habilitaciones
• Realizar confección de certificado urbanístico en la Dirección de Habilitaciones
Al iniciar el trámite se deberá abonar el timbrado del formulario que surge del cálculo de acuerdo a la Ordenanza Fiscal e Impositiva.